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Los documentos secretos del golpe de estado

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Defensa · Centro Nacional de Inteligencia (CNI/CESID)

Vista oral del juicio 23-F: alegatos de la defensa de Tejero (5 mayo 1982) RESERVADO

Juicio oral (causa 2/81)
nota informativa · 6 páginas · 918 KB · 1982-05-05
Importancia 72
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Documento de interés — Por qué importa
La defensa de Tejero argumentó que fue él quien evitó un acto anticonstitucional al oponerse a la propuesta de gobierno de Armada, y que Armada precipitó los acontecimientos para utilizar a Tejero como pantalla.
Resumen

Nota informativa del CESID sobre la vista oral del juicio 23-F, celebrada el 5 de mayo de 1982. El documento detalla los alegatos de la defensa del Teniente Coronel Tejero, presentados por el letrado López Montero, quien argumentó que Tejero actuó bajo órdenes de Armada y que su intervención fue necesaria para evitar un acto anticonstitucional. También se mencionan las defensas de otros procesados, como el Teniente General Orozco, quien solicitó la absolución de Tejero, y el Sr. Martín Fernández, defensor del Teniente Coronel Mas Oliver, quien actuó sin iniciativa propia.

El documento revela la dinámica de la sesión, incluyendo la defensa de otros implicados y los incidentes ocurridos, como enfrentamientos verbales y la tensión en la sala. La defensa de Tejero se centra en la idea de que su actuación fue en pro de la democracia, lo que añade un matiz a la interpretación del golpe de estado. Estos alegatos y la respuesta de los defensores reflejan las diferentes posturas sobre la responsabilidad y el contexto del 23-F, un evento crucial en la historia reciente de España.

DTOR SG/7046/05-05-82 NOTA INFORMATIVA ASUNTO: VISTA ORAL 2/81 DEL CONSEJO SUPREMO DE JUSTICIA MILITAR. DESARROLLO DE LA SESIÓN CORRESPONDIENTE AL 05-05-82 En la sesión de hoy han intervenido: El Sr. López Montero, abogado defensor del Teniente Coronel de la Guardia Civil Tejero Molina, que concluye la lectura de su informe. El Teniente General Honorífico Orozco, codefensor del Teniente Coronel de la Guardia Civil Tejero Molina. El Sr. Martín Fernández, abogado defensor del Teniente Coronel de Infantería Mas Oliver. El General de División Vallespín, codefensor del Teniente Coronel de Infantería Mas Oliver. El letrado García Villalonga, defensor del Comandante de Infantería Cortina Prieto. INCIDENCIAS Y ESTIMACIONES SOBRE EL DESARROLLO DE LA SESIÓN 2.1.- Intervención del Sr. López Montero, defensor del Teniente Coronel de la Guardia Civil Tejero Molina. Continúa con el relato de los hechos y las justificaciones correspondientes: El General Armada ordena al Teniente Coronel Tejero la toma del Congreso porque no puede pararle, sin razón que escondía el interés que tenía el General de precipitarlos acontecimientos a fin de utilizar al Teniente Coronel como pantalla. El Teniente Coronel Tejero entra en el Congreso con una fuerza improvisada para ejecutar un servicio. Servicio que era lícito, legítimo y constitucional, incruento y con impulso regio. Impulso —continúa el abogado— que hoy se puede admitir que pudo ser falsamente atribuido al Rey. Se ordenó a los presentes en el Congreso que se tiraran al suelo. La medida fue precautoria. La Fuerza llega a medianoche dando autoridad la contraseña. En la conversación entre el Teniente Coronel Tejero y el general segundo JEME, el primero se siente víctima del engaño y traición. El Teniente Coronel Tejero se opone a la intención del General Armada y evita que éste cometa un acto anticonstitucional y salva la democracia. Durante la noche las Cortes están incomunicadas, siendo por la mañana cuando consiguen hablar con Valencia y enterarse del mensaje del Rey. Es entonces cuando se obedecen las órdenes del General Milans y de Su Majestad. El comunicado que redacta el Teniente Coronel Tejero en el interior del Congreso le exculpa de toda malicia con solo leerlo. No hay una sola palabra que viole la Constitución. Es la más alta defensa de España, de la democracia y del orden constitucional. Después el letrado López Montero se extiende en desarrollar las eximentes de: el Teniente Coronel Tejero obedece primero cumpliendo fielmente las órdenes del General Armada de entrar en el Congreso; y segundo, saliendo de la Asamblea ante las órdenes del General Milans. También establece el agravio comparativo que existe por el trato recibido por la DA y la Guardia Civil; participa en la teoría del Sr. de Miguel sobre el absoluto poder que la Constitución otorga al Rey; y desarrolla la reiterada teoría del estado de necesidad. Aquí hace la exposición estadística de hechos y datos sobre delincuencia, paro, terrorismo, situación económica, etc.; así como el estudio jurídico del mismo. Termina haciendo referencia al documento del caso y pide, en nombre de su defendido, que el ministerio fiscal cumpla, considerando al Teniente Coronel Tejero único responsable. En resumen, el Sr. López Montero ha pretendido poner de manifiesto que el Teniente Coronel Tejero el 23-F: - No fue jefe de nada, fue un teniente coronel operativo. Ejecuto un servicio a la orden de dos generales con el impulso real y en favor de Su Majestad, la Constitución y la democracia. Es alguna clase política, contando con la prensa, los que vulneran el orden constitucional. Por todo ello pide la libre absolución de su patrocinado. 2.2.- Intervención del Teniente General Orozco, codefensor del Teniente Coronel de la Guardia Civil Tejero Molina. Comienza poniendo de relieve: - El amor a la Patria, prestigio y carisma de su defendido. La desventurada situación de España en los momentos de autos. Relata los servicios prestados por el Teniente Coronel Tejero en Vascongadas. Pasa a realizar un estudio de la presunta acción delictiva de su patrocinado, desarrollando la legalidad de la acción que justifica la obediencia militar debida y acatada por el Teniente Coronel Tejero. Finaliza su alegato con igual dialéctica que al principio de la misma, es decir, pidiendo la absolución del Teniente Coronel Tejero por falta de culpabilidad en base a razones humanas, legales y aún políticas. 2.3.- Intervención del Sr. Martín Fernández, defensor del Teniente Coronel de Infantería Mas Oliver. Primeramente se presenta como Teniente Coronel Honorífico de la escala de Complemento del arma de Caballería. Después expone la admiración y respeto que de los tribunales militares se tiene en el extranjero, para seguir afirmando que el Tribunal no necesita que los partidos mayoritarios le hagan llamadas de serenidad, que acaso lo hacen con segundas intenciones. También se refiere a los observadores políticos con la pregunta: ¿Es que desconfían del Tribunal? Pasa, más tarde, a estudiar el delito de rebelión, para decir que en cualquier caso corresponde al ministerio fiscal probar la existencia de delito. Por lo que respecta al Teniente Coronel Mas, su conducta estuvo enmarcada dentro de su oficio o cargo como ayudante del Teniente General Milans, es decir, adscrito a un general. Siempre su defendido actuó por obediencia debida aplicable además al estado de necesidad. Califica el Sr. Martín Fernández a los procesados como hombres de categoría y honor, merecedores de las más grandes alabanzas, magníficos caballeros españoles que obraron movidos por un estado de necesidad. Las conductas de los procesados como actos dignos, honrosos y briosos para la defensa de España. Por último dice: "Consejeros, por vuestras conciencias y honor, y con valor espero deis la absolución. Estos hombres son los que necesita España". 2.4.- Intervención del General Vallespín Morales, codefensor del Teniente Coronel Mas Oliver. El General Vallespín, en su intervención, ha dedicado un largo preámbulo a intentar concienciar al Tribunal para que no se deje influir, ni aun en el subconsciente, por motivaciones ajenas a los hechos. Para ello ha criticado (sin citar nombres) a determinados políticos por sus declaraciones, a los medios de comunicación social por sus juicios temerarios, a las autoridades por permitirlo y a la justicia militar por el trato dado a los procesados. Tras lo anterior ha pasado a la defensa propiamente dicha, basada, en forma similar a otros anteriores, en: No ha habido rebelión, pues los hechos no son "manifiestamente contrarios a la Constitución". El Teniente Coronel Mas se limitó a obedecer lo que creyó una orden del Rey, al igual que el resto de Generales, Jefes y Oficiales de la DAC, no procesados. No tuvo iniciativas. Solo obediencia y lealtad a su jefe. Si se le impone alguna pena, por mínima que sea, se habrá sentado el principio de que la misión de un Ayudante no es auxiliar a su general, sino vigilarle, fiscalizarle y controlar sus actuaciones. Tampoco hay culpa alguna en sus actuaciones anteriores que se limitaron a: Una primera reunión donde García Carrés le presentó al Teniente Coronel Tejero, y donde solo se habló de la mala situación existente. Dos reuniones más, citadas por Tejero en su primera declaración (en la que no prestó juramento), y que no han existido nunca, como reconocieron posteriormente tanto dicho Teniente Coronel como el Sr. García Carrés. Y otras pequeñas actuaciones sin importancia (reunión del 1 de enero, presencia en conversaciones telefónicas, etc.) que no merecen la pena ni nombrar. Todo lo anterior no es constitutivo de delito; y como el Teniente Coronel Mas no tomó parte en nada, no cooperó con nadie, no indujo a nadie, y únicamente se le puede achacar el "conocer y no denunciar" actividades de su general, no es culpable de nada. Como, por otra parte, no hubo rebelión, pues el llamado "Asalto al Congreso" fue una interrupción momentánea de la sesión. ────────────────────────────────────────────────── 2.5.- Intervención del Sr. García Villalonga, defensor del Comandante Cortina Prieto. Ha elevado a definitivas sus conclusiones provisionales, por considerar que, continúa sin haber sido probada en absoluto por el Fiscal ninguna de las acusaciones, por lo que, a tenor del artículo 24 de la Constitución, debe ser considerado inocente su patrocinado. Pese a ello, y antes de comenzar el estudio de las pruebas presentadas, ha pedido la certificación de las declaraciones de un Suboficial para proceder contra él por falso testimonio. Tras lo anterior, y haber protestado porque otros defensores han sacado a relucir datos sobre el CESID, que debían ser secretos, y no tenían interés para la vista, y después de una llamada de atención del Presidente, ha pasado a exponer los argumentos siguientes: El Comandante Cortina no pertenece a ningún "staff", capillita o grupo. Es solo un miembro de las FAS. El fiscal ha aceptado como cierto hechos no probados. Las acusaciones que se le imputan, y ello únicamente por un testigo, que no quiso prestar juramento, son: las reuniones de la calle Biarritz y Pintor Juan Gris, y el haber proporcionado medios especiales. Respecto a la primera reunión, el letrado ha tratado de demostrar que el Teniente Coronel Tejero mentía, pues ha citado en sus declaraciones detalles irrelevantes del piso, cuando hay otros mucho más llamativos que no ha citado. Además de ello no se comprende que el Comandante Cortina tenga esa reunión en su casa, y menos aún, que exponga una serie de conceptos innecesarios, tanto por la discreción con que debieran ser tratados como por la falta de oportunidad a solo tres fechas del 23-F. La defensa ha quedado aplazada hasta el próximo jueves. 3.- OTROS HECHOS Y COMENTARIOS El Teniente Coronel Orozco no ha respondido a la expectación; al contrario, ha estado torpe, repetitivo de lo dicho por el letrado civil, sin ningún argumento nuevo ni de fuerza, leyendo incluso con torpeza su informe, que puede considerarse como de valor escaso o nulo. El Sr. Martín Fernández ha ofrecido la peor defensa habida hasta la fecha por letrados civiles. Ha ofrecido divagaciones, historias de sus tiempos mozos y argumentaciones difusas, sin rebatir las tesis fiscales por considerar que quien debía probar los hechos era el fiscal, y como no había nada probado, nada había que refutar. Dentro del tontería de ocasiones y la máxima expectación, ha inquirido sobre el papel de los observadores políticos, que parecen venir a observar la actuación de los Consejeros de los que no se fían. En este punto, dos senadores de UCD han abandonado la sala, y el Presidente le ha llamado la atención, lo que le ha puesto nervioso, haciendo más floja todavía su intervención. Un comentario de Petrus, dibujante de TVE, que, al levantarse la sesión, ha comentado: "si llego a robar una lechuga, y me defiende este hombre, seguro que me fusilan". El General Vallespín, por el contrario, y pese a la dureza de su intervención, ha hecho una defensa minuciosa y técnica, de gran detalle y precisión, que ha suplido las deficiencias del letrado civil. Aunque solo sea por comparación con éste, puede decirse que ha sido la más completa defensa militar. La intervención del Sr. García Villalonga ha estado salpicada de incidentes. El ambiente en procesados, defensores y público era totalmente adverso. Los comentarios desfavorables incesantes, y los murmullos y charlas han hecho que el Presidente llamara la atención al público, aunque quizá debía habérsela hecho a procesados y defensores. Varios familiares y algunos militares (por lo menos cinco) se han levantado y han abandonado la sala ante las primeras manifestaciones de la defensa. Entre el Teniente Coronel Tejero y el Comandante Cortina se ha producido un enfrentamiento verbal, con amenaza, que ha sido cortado por el Teniente General Milans del Bosch. El Presidente ha llamado también la atención al letrado por hablar de "asonada del 23-F", puesto que ello producía malestar y protestas entre el público y procesados. Varios defensores han estado interfiriendo con sus risas y charlas la exposición del Sr. Villalonga, con una total falta de estilo, levantándose y abandonando la sala varios de ellos. El ambiente, al final, ha quedado muy tenso. No sería de extrañar algún incidente entre procesados, y la situación ha quedado muy tirante para el comienzo de la sesión de mañana.